Article 6 – Diari Oficial de la Generalitat de Cataluya

  • Las empresas del sector de la restauración y hostelería, a más de las obligaciones que hacen referencia al articulo 5 del Diario oficial de Cataluña, tienen las obligaciones siguientes:

A) Promover el consumo de productos de temporada y de proximidad

B) Facilitar al consumidor que se pueda llevar, sin ningún coste adicional, los alimentos que no haya consumido, e informar de esta posibilidad de manera clara y visible al mismo establecimiento, preferentemente a la carta o al menú.

C) Utilizar envases, para el traslado de alimentos no consumidos, que sean aptos para el uso alimentario, reutilizables, compostables o fácilmente reciclables, y admitir que el consumidor lleve su propio envase.

2. Las empresas o entidades gestoras de servicio de comidas o comedores escolares, en colaboración con centros educativos, tienen que establecer programas de educación en la reducción de desperdicio alimentario.

3. Se tienen que establecer programas de reducción de desperdicio alimentario en hospitales y las residencias geriátricas que ofrezcan servicio de comidas o comedor, que cumplan la jerarquía de prioridades del artículo 11, de acuerdo con lo que establezca el reglamento.